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Seguro Internacional | Full

Pearl-500

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US$ 229 , 25
/mes

PRIMER 'EXPAT // RELAIS' EXPAT
// FOLLETO DE INFORMACIÓN QUE SE UTILIZA COMO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
Traducido del inglés al español - www.onlinedoctranslator.com
1. / PRESENTACIÓN DE ASFE, SU ADMINISTRADOR MSH INTERNACIONAL Y
OBJETO DEL SEGURO
1.1. / PAGSRESENTACIÓN DE ASFE Y SU ADMINISTRADOR (METROSH INTERNACIONAL)
Ha elegido un plan de seguro médico internacional ASFE (Asociación de Servicios para Expatriados) de Groupama Gan Vie, administrado por
MSH International, y estamos encantados de darle la bienvenida como miembro.
ASFE, la Asociación de Servicios para Expatriados, fue creada en 1992 y se rige por la ley francesa de 1901 sobre asociaciones. Su propósito
es proporcionar a los expatriados de todo el mundo soluciones en los campos de cobertura de salud, vida y discapacidad, asistencia
médica / repatriación y responsabilidad civil. A lo largo de este documento, ASFE se denominará “ASFE” o la “Asociación contratante”.
MSH International, el diseñador y administrador de los planes ASFE, es un líder mundial en beneficios internacionales con más de 400,000
individuos móviles globalmente asegurados en todo el mundo. MSH International le ofrece los servicios de un equipo dedicado que está
disponible para apoyarle y asesorarle día tras día. MSH International, una organización encargada por la Aseguradora para administrar el
plan, se denominará en este documento "MSH International", "el Administrador", "la Organización Administradora" siempre que este
término se utilice en el contexto de la gestión administrativa de la plan.
El plan está asegurado por Groupama Gan Vie - un francés ”
sociedad Anónima”Con un capital de 1.371.100.605 euros (pagado en su totalidad) -
inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de París con el número 340 427 616 - APE 6511 Z Sede social: 8-10 rue d'Astorg - 75383 PARIS Cedex
08, Francia - Sociedad regulada por el Código de Seguros francés y sujeto a la Autoridad de Resolución y Supervisión Prudencial francesa (ACPR) - 4
place de Budapest - CS 92459 - 75436 Paris Cedex 09, Francia, en lo sucesivo denominado “el Asegurador”.
1.2. / PAGSFINALIDAD DEL SEGURO
Los planes de seguro de ASFE en los que está inscrito son un tipo de plan conocido como "grupo abierto". Proporcionan cobertura desde el 1S t
euro / 1S t dólares o además de los beneficios proporcionados por la CFE (Caisse des Français de l'Etranger), con exclusión de cualquier otro
plan de seguro de salud.
Su propósito, dentro del límite de los costos reales, es el pago de Beneficios, desde el 1S t euro / 1S t en dólares o además de los beneficios pagados
por la CFE, como reembolso de los gastos médicos incurridos por los miembros de ASFE que viven fuera de su país de origen, a título privado o
profesional, así como cualquier dependiente según se define a continuación, ya sea que residan o no en el mismo país extranjero, si están inscritos
en el plan.
En este documento, se hará referencia a su membresía de estos planes como "Su membresía". Usted y cualquier dependiente inscrito en el
plan se denominarán "miembro asegurado".
Cada plan brinda cobertura de atención médica básica que puede complementarse con beneficios opcionales y 4 niveles de cobertura dentro de estos
opciones, cuarzo, perla, zafiro y diamante (consulte la sección 1.3/ Opciones de cobertura p.3). Cada plan también incluye 5 zonas de cobertura (consulte la
sección 1.4 // Zonas de cobertura del plan p.4). Estos planes están numerados de la siguiente manera:
PRIMER 'EXPAT (1S t euro / 1S t dólar):
- No. 0210/863689/00010, No. 0210/863689/00020, No. 0210/863689/00030, No. 0210/863689/00040 y No. 0210/863689/55555;
- No 0210/863691/00020, No 0210/863691/00030, No 0210/863691/00040 y No 0210/863691/55555;
EXPAT DE RELAIS (como complemento a la CFE):
- No. 0210/863690/00010, No. 0210/863690/00020, No. 0210/863690/00030, No. 0210/863690/00040 y No. 0210/863690/55555;
- No 0210/863692/00020, No 0210/863692 / 00030, No 0210/863692 / 00040 y No 0210/863692/55555.
Como parte de su membresía, sus beneficios de atención médica se complementan de manera estándar con beneficios de asistencia médica. Europ
Assistance, una empresa regulada por el Código de Seguros francés, asegura y opera los Servicios de Asistencia.
Los planes proporcionan una oferta muy completa y flexible adaptada a las necesidades individuales. También puede comprar beneficios de vida e invalidez para protegerlo
en caso de muerte o licencia por enfermedad del trabajo.
1.3. / COPCIONES EXCESIVAS
El plan proporciona:
- una gama de BENEFICIOS BÁSICOS (comercializados como 'SALUD') que cubren los costos relacionados con la hospitalización, atención médica de
rutina de forma ambulatoria, medicina preventiva y alternativa, artículos de farmacia, equipos y prótesis médicas,
dos BENEFICIOS OPCIONALES disponibles además de los BENEFICIOS BÁSICOS (SALUD), elegidos por cada Miembro, que cubren los
siguientes costos:
BENEFICIOS OPCIONALES DE NIVEL 1 (comercializados como 'SALUD +'): Visión y Dentales
BENEFICIOS OPCIONALES DE NIVEL 2 (comercializados como 'SALUD + NIÑO'): Maternidad.
-
-
-
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Importante: Los beneficios opcionales del nivel 2 solo se pueden seleccionar si se han seleccionado los beneficios opcionales del nivel 1.
Dentro de cada uno de estos beneficios, se ofrecen cuatro paquetes a cada Miembro en el momento de la inscripción: Quartz, Pearl, Sapphire y Diamond, que
brindan niveles crecientes de beneficios y servicios.
El plan también ofrece, con respecto a los beneficios básicos y los beneficios opcionales de nivel 1 (excluyendo los beneficios de maternidad opcionales de nivel
2), la posibilidad de que el miembro elija un deducible según se define en el capítulo 3 / p.11. Hay disponibles cuatro niveles de Deducible, así como la opción de
no tener Deducible.
Para la Zona 5 (EE. UU.), El plan también ofrece varios niveles de copago.
Se especifica que:
- los beneficios opcionales, si son seleccionados por el miembro, también se aplican a todos sus dependientes enumerados en el certificado de
inscripción,
un Miembro que haya comprado beneficios opcionales solo podrá retirarse de estos beneficios opcionales una vez durante toda
la duración del plan para conservar solo los beneficios básicos.
-
1.4. / CZONAS PROMEDIO BAJO EL PLAN
Hay 5 zonas de cobertura diferentes en el plan, que se definen a continuación:
- Zona 5: EE. UU. Y territorios bajo jurisdicción de EE. UU. (Puerto Rico, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Islas Marianas del Norte, Islas menores
alejadas de los Estados Unidos, Samoa Americana), así como países de las Zonas 1, 2, 3 y 4
- Zona 4: Bahamas, Brasil, China, Hong Kong, Jersey, San Bartolomé, San Martín, Singapur, Suiza, Reino Unido y países de las Zonas 1, 2 y 3
- Zona 3: Australia, Austria, Canadá, Polinesia Francesa, Grecia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Nueva Zelanda, Portugal, Qatar, Rusia, San Pedro
y Miquelón, España, Taiwán, Turquía, Emiratos Árabes Unidos, Vanuatu y países de Zonas 1 y 2
- Zona 2: Andorra, Angola, Argentina, Azerbaiyán, Bahréin, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Chile,
Colombia, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Djibouti, República Dominicana, Ecuador , Finlandia, Georgia, Alemania,
Guatemala, Hungría, Islandia, Kazajstán, Kuwait, Letonia, Líbano, Liechtenstein, Luxemburgo, Malasia, México, Mónaco, Mozambique,
Países Bajos, Nigeria, Noruega, Omán, Panamá, Perú, Arabia Saudita, Eslovaquia, Sudáfrica, Suecia, Tailandia, Ucrania, Uruguay, Venezuela,
Vietnam, Wallis y Futuna y países de la Zona 1
- Zona 1: en todo el mundo (incluida Francia) excluidos los países de las zonas 2 a 5
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2. / DEFINICIONES DE BENEFICIOS MÉDICOS
A continuación, encontrará las definiciones de los términos utilizados en este documento (Folleto de información que actúa como los Términos y condiciones
generales).
Accidente: Cualquier lesión corporal no intencionada por la persona que la sufrió, resultante de una acción repentina e impredecible con
una causa externa. Es responsabilidad del asegurado proporcionar prueba del Accidente y la relación directa de causa y efecto entre éste y
los costos incurridos.
Acupuntura: Rama de la medicina tradicional china que consiste en insertar agujas en puntos específicos del cuerpo del paciente para
aliviar diversas enfermedades o crear un efecto analgésico.
Administrador del plan (organización administradora): Se refiere a MSH International, un corredor de seguros francés registrado en
ORIAS con el número 07 002 751, que gestiona los planes ASFE.
Límite agregado (sobre beneficios de atención médica): El programa de beneficios del plan estipula 2 tipos de límites de beneficios:
- el límite agregado de los beneficios de atención médica se refiere a la cantidad máxima que pagará la aseguradora con respecto a todos los beneficios de
atención médica (hospitalización y atención médica de rutina, así como las opciones dentales y de la vista y maternidad, si se seleccionan), por
beneficiario de la atención médica por año de seguro , para el nivel seleccionado de cobertura sanitaria;
- Además de este límite agregado, también existen, para ciertos beneficios, (atención médica de rutina + opciones de visión / odontología y
maternidad) o ciertos tratamientos o procedimientos (consultas, vacunas, lentes, armazones, etc.) límites superiores que se expresan como un
valor y / o como una cantidad de días o cantidad de tratamientos o procedimientos / sesiones que se aplican por año de seguro, durante la
vida del plan, por tratamiento, por procedimiento o consulta o por día. Todos los límites superiores se aplican por beneficiario de la atención
médica y por año de seguro, a menos que se indique lo contrario en el programa de beneficios.. Medicina alternativa: En el plan esto se
refiere a: Homeopatía, Acupuntura y Medicina Tradicional China.
Desembolso máximo anual: El desembolso máximo anual es la cantidad máxima de participación en los costos que tendrá que pagar
durante el año del seguro.
Fecha de renovación anual: Cada aniversario de la fecha de vigencia de la inscripción en el plan.
Solicitud de cobertura: Se refiere al documento que confirma la solicitud del miembro para la cobertura bajo el plan y cualquier otra
declaración hecha por el miembro principal para sí mismo o para los dependientes enumerados en la solicitud de cobertura.
Programa de beneficios: Documento que indique, con respecto al nivel de cobertura de atención médica seleccionada por el Miembro para sí mismo y
cualquier Dependiente, detalles de los beneficios proporcionados bajo el plan, mostrando los límites superiores, límites en la cantidad de tratamientos o
procedimientos, consultas y / o días cubiertos. por un período de tiempo determinado y los períodos de espera, deducibles, costos compartidos, desembolso
máximo anual o copagos que les correspondan.
Prueba de densidad ósea: Examen médico para medir la densidad ósea mediante la evaluación del contenido mineral óseo (principalmente calcio), que se
realiza con mayor frecuencia mediante un tipo especial de radiografía de la columna lumbar y / o el cuello femoral. Se utiliza en la detección de osteoporosis.
Periodo de cancelación: Se otorga un período de cancelación a una persona que se acaba de inscribir en un plan de seguro con membresía opcional. Un
Miembro puede revertir su decisión de inscribirse en un plan de seguro por un período de 14 días calendario a partir de la fecha en que se envía su Certificado
de inscripción, sin tener que proporcionar razones ni pagar multas (consulte la sección 5.2/ Duración de su plan p.32 en el capítulo CANCELACIÓN DE SU
MEMBRESÍA ANTES DE QUE HAGA EFECTO: EL PERÍODO DE CANCELACIÓN.
Certificado de enrolamiento: Documento único, emitido solo en el momento de la inscripción que confirma la inscripción del Miembro en
el plan y especifica, así como el nombre y la dirección del Miembro, y los de los Dependientes asegurados, la Fecha de vigencia de la
inscripción, los beneficios seleccionados, los zona de cobertura, el Deducible elegido y la Prima correspondiente. El Certificado de
inscripción corresponde a las condiciones especiales de inscripción en el plan.
Certificado de seguro: Documento cuya finalidad es servir como comprobante de la cobertura del seguro para quien lo presenta. Contiene la
siguiente información: nombre del miembro y sus dependientes, fecha de vigencia de la inscripción en el plan, número y tipo de inscripción
seleccionada, aseguradora del plan, beneficios, zona de cobertura seleccionada y deducible elegido.
Certificado de rescisión: Documento proporcionado para confirmar la finalización de la membresía del plan. Por lo general, la nueva aseguradora de salud del
miembro requiere este certificado si se cambia a otro plan de seguro de salud.
CFE: Caisse des Français de l'Etranger, organismo francés de la Seguridad Social cuyo propósito y misión es asegurar a los expatriados en todo el mundo.
Complicaciones del parto: Término utilizado para referirse a las siguientes condiciones que pueden ocurrir durante el parto y para las cuales un procedimiento
obstétrico es esencial: sufrimiento fetal durante el trabajo de parto, placenta retenida y hemorragia posparto. También incluyen la cesárea si es médicamente
necesaria. Las complicaciones del parto solo están cubiertas si la persona que recibe la atención tiene cobertura de Maternidad (opción comercializada como
'SALUD + NIÑO').
Parto sin complicaciones: Esto se refiere a un parto que no requiere ninguna cirugía adicional de Emergencia: sufrimiento fetal durante el
trabajo de parto, placenta retenida y hemorragia posparto. Las cesáreas que no sean médicamente necesarias se clasificarán como Parto
sin complicaciones.
Quiropráctica: Enfoque terapéutico que tiene como objetivo tratar una variedad de afecciones mediante la manipulación.
Condiciones crónicas: Estas son afecciones cuya gravedad y / o naturaleza a largo plazo requieren un tratamiento prolongado y una terapia costosa. La lista de
enfermedades crónicas se define en el artículo D. 322-1 del Código de Seguridad Social francés. Esta lista se proporciona en la página 80 como apéndice.
Unión de hecho: Unión caracterizada por una vida continua, estable y compartida entre dos personas del sexo opuesto o del mismo sexo
que conviven en pareja.
Pareja de hecho: Persona menor de 71 años en la fecha de inscripción, que vive en un matrimonio de hecho con el miembro, tenga o no un
empleo remunerado, si y solo si: el miembro y su cónyuge de hecho comparten lo mismo casa y están libres de cualquier otro vínculo de
naturaleza similar (es decir, ambos cónyuges son solteros, viudos o divorciados y no están vinculados por una sociedad civil).
Si hay varios cónyuges de hecho, solo se reconocerá al mayor.
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Asociación contratante: ASFE. Persona jurídica que haya adquirido el plan en beneficio de sus Socios y que se comprometa a cumplir con las
obligaciones correspondientes.
Copago: Cantidad fija especificada en el plan por tratamiento, procedimiento o visita que es pagadera por el Miembro y sus Dependientes.
Es aplicable por persona.
Compratir costos: El costo compartido es el porcentaje de cada reclamo que no está cubierto por su plan de seguro.
País de Nacionalidad: Cualquier país del que el Asegurado posea un pasaporte válido y del que sea ciudadano, nacional o sujeto, según se
especifica en la Solicitud de cobertura.
Fecha de terminación: Fecha en la que finalizan las prestaciones previstas en el plan de seguro, por iniciativa del Afiliado, el Asegurador o
la Asociación Contratante (ver apartado 5.2/ Vigencia de su plan p.32 en el capítulo CESE DE MIEMBRO Y FIN DE COBERTURA (derecho de
desistimiento y rescisión)).
Deducible: Se refiere a la cantidad pagadera por el miembro y los dependientes que se deduce de la cantidad reembolsable. Es aplicable
por persona y por año de seguro. Si se selecciona esta opción, se especificará en el Certificado de inscripción.
Cirugía dental: Se refiere a cualquier procedimiento quirúrgico dental con anestesia, incluida la extracción dental y los injertos de hueso o encía. Dentaduras e implantes
dentales: Se refiere a los aparatos utilizados para la reconstrucción o reparación fija, puentes, coronas, dentaduras postizas e implantes, incrustaciones, incrustaciones,
núcleos de incrustaciones y cualquier tratamiento auxiliar necesario.
Dependiente: Los siguientes se clasifican como dependientes si están inscritos en el plan: el cónyuge, la pareja civil o el cónyuge de hecho y los hijos
dependientes del miembro, según se define en esta sección.
Hijos dependientes: Hijos del miembro, su cónyuge, pareja o cónyuge de hecho:
- Bajo un plan FIRST'EXPAT + (1S t Euro / Dólar): los niños menores de 26 años se considerarán dependientes si están en educación a tiempo
completo y están cubiertos por el plan
Bajo un plan RELAIS'EXPAT + (además de los beneficios de CFE): los niños menores de 20 años se considerarán dependientes si están en
educación de tiempo completo y están cubiertos por el plan
En todos los casos, para los niños mayores de 18 años que están en educación a tiempo completo y están cubiertos por el plan como
dependientes, se requiere un certificado escolar al momento de la inscripción y posteriormente al comienzo de cada año académico.
Dietético: Un profesional de la salud calificado, especializado en nutrición y alimentación, que esté oficialmente registrado, calificado y
reconocido en el país en el que ejerce y que tenga la experiencia y las calificaciones adicionales necesarias para brindar este servicio.
Médico: Profesional de la salud con título de Doctor en Medicina que esté autorizado para ejercer la medicina según las leyes del país
donde se administra el tratamiento, dentro de los límites de la licencia que se le haya otorgado y que no sea familiar de la persona
amparada por este plan.
Duración de la membresía: Período de cobertura bajo el plan desde la fecha de vigencia de la inscripción que se muestra en el certificado
de inscripción hasta la fecha de terminación de la membresía, como se establece en la sección 5.2./ Vida de su plan p.32 en el capítulo CESE
DE MIEMBRO Y FIN DE COBERTURA (derecho de desistimiento y rescisión).
Fecha de vigencia de los beneficios: Fecha especificada en el Certificado de inscripción en la que entran en vigencia los beneficios provistos bajo el plan, luego
de la aplicación de los Períodos de Espera.
Fecha efectiva de inscripción: Fecha especificada en el Certificado de inscripción en la que entran en vigencia los beneficios proporcionados según el plan.
Emergencia: Se refiere a la condición médica o síntomas resultantes de una Enfermedad o lesión que ocurre repentinamente y que claramente requiere un
tratamiento inmediato, generalmente dentro de las 24 horas posteriores al inicio, sin el cual se corre el riesgo de poner en peligro la salud de la persona
afectada.
Atención odontológica y oftalmológica de emergencia con hospitalización: Término que se refiere a la atención dental y oftalmológica extremadamente urgente
administrada después de un Accidente grave o la aparición repentina de una infección que requiera hospitalización. El tratamiento debe administrarse dentro de las 24
horas posteriores al accidente o infección. Este beneficio no cubre cirugía dental de rutina, cuidado dental de rutina, dentaduras postizas, cuidado de la vista de rutina,
corrección de la vista, corrección de la vista con láser y ortodoncia y periodoncia. Estos tratamientos están cubiertos por los beneficios dentales / oftalmológicos opcionales.
Atención dental y oftalmológica de emergencia sin hospitalización: Término que se refiere a la atención dental y oftalmológica extremadamente urgente
que no requiere hospitalización pero que debe administrarse como Emergencia para aliviar el dolor que es difícil de tolerar. Este beneficio no cubre cirugía
dental de rutina, cuidado dental de rutina, dentaduras postizas, cuidado de la vista de rutina, corrección de la vista, corrección de la vista con láser y ortodoncia
y periodoncia. Estos tratamientos están cubiertos por los beneficios dentales / oftalmológicos opcionales.
Hospitalización de emergencia: Tratamiento administrado después de la admisión en un Hospital o centro médico como resultado de la aparición de un
problema de salud repentino e inesperado, después de una Enfermedad, Accidente, infección, etc.
Tratamiento de emergencia fuera de la zona de cobertura: Se refiere al tratamiento de Emergencia recibido en una zona más alta que la zona de
cobertura seleccionada, durante un viaje por motivos de negocios o placer.
La cobertura se adquiere por un máximo de 60 días por viaje y también se limita al límite agregado y solo cubre el tratamiento requerido en caso de
un Accidente o la aparición de una Enfermedad repentina, inesperada e imprevista, que requiera cirugía o tratamiento médico que no puede esperar.
hasta la repatriación al país de residencia principal o el agravamiento de una Enfermedad grave que represente un peligro inmediato y grave para la
salud del Afiliado y / o sus Dependientes. El tratamiento dispensado por un médico general o un especialista debe comenzar dentro de las 24 horas
posteriores al evento que desencadenó el reclamo.
Por lo tanto, los siguientes no están cubiertos por este beneficio: tratamiento terapéutico no urgente que no sea el resultado de un Accidente o
Enfermedad imprevista que requiera cirugía, o Tratamiento médico que no pueda esperar hasta la repatriación al país de residencia principal o el
empeoramiento de una Enfermedad grave que represente un peligro inmediato y grave para la salud del miembro y la atención de seguimiento,
incluso en los casos en que el miembro o sus dependientes no pudieron viajar a un país dentro de su zona de cobertura seleccionada. También se
excluyen del beneficio los gastos relacionados con el embarazo, la maternidad, el parto o cualquier otra complicación durante el embarazo o el parto.
Se recomienda que los miembros y dependientes se comuniquen con el administrador, MSH International, si se planean viajes de más de 60 días
fuera de la zona de cobertura seleccionada.
Países excluidos: Como resultado de hechos (guerra civil o extranjera, insurrección, etc.) que puedan estar teniendo lugar allí y, en todo
caso, de acuerdo con la clasificación de países en riesgo publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores francés, cobertura
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puede ser excluido para ciertos países o zonas a los que este Ministerio califica los viajes como altamente desaconsejables (zona roja) o desaconsejables (zona
naranja).
Tratamiento de fertilidad: El tratamiento de fertilidad se refiere a todos los métodos de reproducción médicamente asistida (MAR), también conocidos como
procreación médicamente asistida (MAP), que permiten a una pareja diagnosticada como infértil tener un hijo. Los métodos cubiertos por el plan son:
fertilización in vitro (FIV), inseminación artificial, tratamientos hormonales y cirugía de trompas.
Médico general: Un médico de cabecera es responsable del seguimiento a largo plazo, el bienestar y la atención médica general primaria de una
comunidad. La atención brindada no se limita a grupos de Enfermedades relacionadas con un solo órgano, grupo de edad o género. A menudo se
consulta al médico de cabecera para diagnosticar los síntomas antes de tratar la afección o derivar al paciente a un especialista. Chequeos de salud:
Exámenes o pruebas de laboratorio realizadas en cualquier momento de la vida en ausencia de síntomas clínicos aparentes (consulte el programa de
beneficios de atención médica para encontrar la lista de exámenes cubiertos por este beneficio).
País de origen: País para el que el Asegurado tiene un pasaporte válido y / o al que desearía ser repatriado si fuera necesario.
Hospitalización domiciliaria: Atención brindada en el hogar del paciente como alternativa a la hospitalización convencional con al menos una visita
por día de una enfermera, sujeto al acuerdo del departamento médico / aprobación previa.
Homeopatía: Método terapéutico que consiste en prescribir una forma muy diluida y energizada de una sustancia capaz de producir
dolencias similares a las experimentadas por el paciente.
Hospital: Se refiere a un centro de atención o institución médica que está registrado o aprobado como Hospital médico o quirúrgico según las
regulaciones locales en el país en el que se encuentra y donde el asegurado recibe tratamiento diario o está bajo la supervisión de un médico o un
enfermero. Los siguientes no están clasificados como Hospitales: centros de bienestar y fitness, spas, hogares de ancianos, hogares de
ancianos y hogares de convalecientes.
(Hospital) guardería: Consulte la sección Hospitalización ambulatoria.
Enfermedad: Cualquier deterioro del estado de salud certificado por autoridad médica competente.
Mayor riesgo para la salud: Las personas con mayor riesgo para la salud son aquellas que están enfermas, que han estado enfermas o son particularmente
susceptibles a enfermarse y que presentan un riesgo de Enfermedad (morbilidad) o muerte (mortalidad) mayor que el de la persona promedio de la misma
edad. Por lo tanto, estas personas no pueden estar aseguradas según los términos y condiciones estándar.
Folleto de información que sirve como términos y condiciones generales: Este documento que define los beneficios, exclusiones y
condiciones de uso del plan de seguro (incluida toda la información sobre los procedimientos de reembolso). Debe leerse junto con el
Certificado de inscripción y el Programa de beneficios.
Año de seguro: El año del seguro cubre el período desde la fecha efectiva de inscripción en el plan hasta el 365th día siguiente a esta fecha,
con renovación automática en cada fecha de aniversario.
Afiliado o dependiente asegurado: Se refiere genéricamente al Miembro y otras personas cubiertas por su plan. Reciben los Beneficios proporcionados por la
Aseguradora con respecto a las reclamaciones realizadas y cubiertas por el plan. En este plan, los miembros asegurados / dependientes también se denominan
"Usted".
Asegurador: A los efectos del plan, Groupama Gan Vie, una empresa regulada por el código de seguros francés, es el asegurador de los beneficios
proporcionados en el plan.
Cuidados intensivos: Se refiere a un departamento hospitalario especializado cuya finalidad es la atención de pacientes en estado crítico, es decir, que
presentan insuficiencia de una o más de sus funciones vitales, o que tienen riesgo de desarrollar complicaciones graves. El servicio cuenta con recursos técnicos
altamente especializados. Estos están en uso continuo por un equipo multidisciplinario con el fin de identificar, prevenir y corregir desequilibrios agudos y
presuntamente reversibles relacionados con la condición subyacente (Enfermedad, cirugía, trauma e intoxicación). Este tipo de instalación incluye unidades de
cuidados intensivos, unidades de cuidados críticos, unidades de servicios terapéuticos intensivos o unidades de tratamiento intensivo.
Prótesis y dispositivos quirúrgicos y médicos internos y externos: Se refiere a cualquier aparato, prótesis o dispositivo necesario o utilizado
durante una cirugía o que se considere médicamente necesario para el tratamiento.
Pruebas de laboratorio: Exámenes, que incluyen radiografías y análisis de sangre, realizados para determinar el origen de los síntomas presentados o para
controlar el estado de la afección.
Traslado local en ambulancia: Se refiere al transporte en ambulancia de un paciente, requerido en casos de necesidad médica o
emergencia, al Hospital o al centro médico autorizado más cercano que mejor se adapte a la situación. Este servicio es proporcionado por la
empresa Asistencia.
Principal país de residencia / país de expatriación: País de residencia indicado por el miembro asegurado en su Solicitud de cobertura y
mostrado en su Certificado de inscripción, o confirmado por escrito a la Aseguradora durante la vigencia del plan, en el que el Miembro
principal y cualquier Dependiente residen durante al menos seis meses de el año. El país especificado de esta manera debe corresponder al
país de residencia principal reconocido por las autoridades de ese país (en particular, las autoridades fiscales). El país de residencia principal
se utiliza para determinar la zona de cobertura mínima que debe seleccionarse al inscribirse en el plan.
Maternidad: Embarazo no patológico, parto y sus consecuencias. La maternidad no se clasifica como enfermedad ni accidente. Consejero
medico: Médico que trabaja para una entidad pública o privada (compañía de seguros, caja del seguro de enfermedad, etc.) que se encarga
de dar opinión médica sobre los casos que se le presenten.
Cuestionario médico (de salud): En el contexto de una solicitud de cobertura bajo el plan de seguro, un conjunto de preguntas sobre la
salud del Miembro y los Dependientes que permite al Asesor Médico de la Aseguradora evaluar su estado de salud y establecer los términos
del seguro. En caso de un mayor riesgo para la Aseguradora, la cumplimentación del Cuestionario de salud médica puede resultar en la
aplicación de una Prima adicional al Miembro y / o uno de sus Dependientes, una exclusión de uno o más de los beneficios o un rechazo
total del Solicitud de cobertura bajo el plan. El Cuestionario Médico tiene una validez de 4 meses.
Imagenes medicas: Las imágenes médicas se utilizan con fines clínicos para proporcionar un diagnóstico o proponer un tratamiento.
Existen varias técnicas de imagenología médica: radiología, ecografía, resonancia magnética (RM), endoscopia, escáner, láser, tomografía,
etc.
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Red médica: Hace referencia a todos los Hospitales o centros de atención asociados y profesionales de la salud que figuran oficialmente por el
Administrador de su plan (MSH International) o por los socios de servicio seleccionados por ellos (como UnitedHealthcare y Optum RX en los Estados
Unidos) para recibir un tratamiento cubierto por el plan.
Tratamiento médico: Se refiere a cualquier cirugía o tratamiento médico realizado por un médico, considerado médicamente necesario, para
diagnosticar, curar o aliviar una enfermedad o lesión.
Reproducción médicamente asistida: Consulte la sección Tratamiento de fertilidad.
Necesidad médica / necesidad médica / necesidad absoluta: Con respecto a este plan, se refiere a tratamientos, servicios, suministros y
equipos recomendados por un profesional de la salud calificado que se definen desde un punto de vista médico como apropiados y
necesarios.
Para calificar, deben cumplir con los siguientes criterios:
-
-
sea necesario para diagnosticar o tratar una Enfermedad y / o lesión sufrida por un paciente;
ser apropiado para el diagnóstico, los síntomas o el tratamiento del paciente (en el sentido de tener en cuenta la seguridad del paciente y
el costo del tratamiento);
cumplir con los estándares y conocimientos médicos y científicos al momento de la administración del tratamiento; no se
proporcionará principalmente para la comodidad del paciente y / o la de su médico;
estar clínicamente justificado en términos de escala, duración y efecto médico demostrado y comprobado, frecuencia, nivel y tipo;
-
-
-
- ser dispensados en un centro de atención médica y una habitación adecuados y ser de la calidad adecuada para tratar la afección médica del
paciente.
Miembro: Persona, menor de 71 años en la fecha de inscripción independientemente de su estado, que sea miembro de ASFE y haya
presentó una Solicitud de cobertura bajo el plan que ha sido aceptada por escrito como se define en la sección 5.2 / Vida de su plan p.32, en
el capítulo Su inscripción en el plan y personas aseguradas, para ellos mismos y sus Dependientes y que haya acordado cumplir con las
obligaciones correspondientes, incluido el pago de la Prima especificada en el momento de la inscripción en el plan.
Plan de seguro de grupo abierto: Se refiere a planes de seguro en los que la inscripción está disponible de forma individual y voluntaria. Luego, las
personas forman un grupo a través de una asociación de contratación y se inscriben en el plan de seguro.
Ortodoncia: La Ortodoncia es una especialidad odontológica dedicada a la corrección del posicionamiento inadecuado de los maxilares y dientes con el fin de
optimizar el cierre de la boca (oclusión), para asegurar el correcto funcionamiento y alineación.
Ortópticos: Especialidad paramédica que tiene como objetivo evaluar y medir la desviación ocular y asegurar la rehabilitación de los ojos en caso de
trastornos de la visión binocular: estrabismo, heteroforia (desviación de los ejes visuales) o insuficiencia de convergencia.
Osteopatía: Método terapéutico manual que utiliza técnicas de manipulación espinal o muscular del sistema musculoesquelético y miofascial con el
fin de paliar determinados trastornos funcionales.
Hospitalización ambulatoria: Tratamiento administrado después de la admisión en un Hospital o centro médico de forma ambulatoria, incluido el
uso de una habitación de Hospital y atención de enfermería, pero que no requiere una estadía de una noche y donde el paciente es dado de alta el
mismo día.
Cirugía ambulatoria: Cirugía realizada en un centro de salud o consultorio médico donde el paciente ingresa y es dado de alta el mismo
día.
Cuidados paliativos: Con respecto a una Enfermedad progresiva e incurable, se refiere a un tratamiento que no mejora o cura significativamente la condición,
pero tiene como objetivo aliviar el sufrimiento físico y psicológico relacionado con los síntomas de la Enfermedad y mantener una relativa 'calidad de vida'. La
atención ambulatoria y hospitalaria administrada después de un diagnóstico que confirma la naturaleza terminal e incurable de la Enfermedad está cubierta por
este beneficio, al igual que el reembolso de la atención física, el costo de una habitación en un hospital o hospicio, atención de enfermería y medicamentos
recetados.
Practicantes paramédicos: Un profesional de la salud calificado que trabaja en un paramédico y que está oficialmente registrado,
calificado y reconocido en el país en el que se brinda la atención médica y en el que ejerce y que tiene la experiencia y las calificaciones
adicionales necesarias para brindar esta atención. Los paramédicos son fisioterapeutas, enfermeras, podólogos / podólogos, logopedas y
ortoptistas.
Compañero: Persona menor de 71 años en el momento de la inscripción vinculada al Miembro por un acuerdo de sociedad civil. Una unión civil es un
contrato firmado por dos personas adultas del sexo opuesto o del mismo sexo para compartir su vida en común (artículo 515-1 del Código Civil
francés). Ver tambiénCónyuge y cónyuge de hecho.
Período de beneficios / período de cobertura: Período continuo de 365 días durante el cual el Miembro y sus Dependientes están cubiertos en
virtud de la inscripción en el plan. Comienza a partir de la fecha de vigencia de la inscripción en el plan como se especifica en el Certificado de seguro
(excepto en los casos de terminación anticipada según las reglas del plan 355.2.9 Cese de la membresía y finalización de la cobertura (derecho de
retiro y terminación) p35 )).
Periodoncia: Tratamiento dental prescrito para trastornos de las estructuras que sostienen los dientes (especialmente las encías). Terapia física:
Todo tratamiento dispensado por un fisioterapeuta autorizado para el que se emite una receta médica antes del inicio del tratamiento. La cobertura
se limita al número de sesiones y al límite de reembolso específico aplicable a este tipo de tratamiento, según se especifica en el programa de
Beneficios. Si se requieren más sesiones, se debe producir un informe que justifique la necesidad de extender el tratamiento. La fisioterapia excluye
ciertos tratamientos, incluida la terapia de barro, Pilates, masaje de relajación, Rolfing, terapia MILTA y todos los demás métodos que no son
reconocidos por la comunidad médica científica.
Fisioterapia: La fisioterapia, para los propósitos del plan, es todo tratamiento que puede ser administrado por un fisioterapeuta autorizado. Esto
excluye, para los propósitos de este plan, ciertos tratamientos como la terapia de barro, Pilates, masajes, Rolfing y terapia MILTA. Planifica desde el
1S t Euro dólar: Un plan donde los gastos médicos se reembolsan del 1S t euro / dólar gastado (dentro de los límites de los beneficios seleccionados),
es decir, sin una contribución de una organización básica (como un plan de beneficios).
Tenedor de una póliza: El Titular de la póliza es ASFE, quien ha organizado este plan grupal en beneficio de sus Miembros asegurados. Atención
posnatal: Toda la atención médica posparto recibida por la madre en un período de hasta seis semanas después del parto. Precertificación:
Contrato de precertificación formalizado por escrito y emitido al Asegurado por la Aseguradora o el Administrador antes de incurrir en determinados
tipos de gastos médicos o acceder a servicios como hospitalización, tratamientos médicos
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proporcionados como una serie de tratamientos, tratamientos costosos o prótesis de cualquier tipo (previa presentación de un informe médico detallado y
circunstancial apropiado y una estimación con todos los costos).
Condición médica preexistente: Afecciones preexistentes: cualquier Enfermedad, trastorno o lesión o síntomas asociados que se hayan desarrollado antes de
la fecha de inscripción en el plan, de los que el Miembro o sus Dependientes tenían conocimiento, o de los que razonablemente podrían haber tenido
conocimiento.
El embarazo: Período entre la fecha de concepción y la fecha de entrega. Prima: Monto pagado
por el Miembro a cambio de beneficios proporcionados por la Aseguradora.
Aviso de prima: Un aviso de prima (a veces también llamado aviso de renovación) es un documento que especifica el monto de las primas
de su seguro y el período cubierto. El pago de la Prima del seguro se realiza en la fecha especificada en el aviso de Prima.
Cuidado prenatal: Se refiere a todos los exámenes de detección y seguimiento habituales y estándar durante el embarazo.
Con respecto a los embarazos de alto riesgo, la atención prenatal puede incluir:
- amniocentesis y pruebas de ADN si están directamente relacionadas con la amniocentesis cubiertas por el plan de seguro;
- pruebas de espina bífida;
- Pruebas triples (de Bart) o cuádruples.
Medicamentos con receta: Se refiere a todos los productos (incluidas agujas hipodérmicas, insulina y jeringas), cuya entrega requiere receta médica
expedida por un Médico para tratar una Enfermedad cuyo diagnóstico ha sido confirmado o con el objetivo de compensar una deficiencia en una
sustancia esencial para el cuerpo. Estos Medicamentos Recetados deben tener un efecto médico comprobado sobre la Enfermedad en tratamiento y
estar aprobados por las autoridades reguladoras y los órganos de supervisión farmacéutica del país en el que fueron recetados.
Atención primaria / asistencia sanitaria de rutina: Todos los servicios sanitarios prestados por profesionales sanitarios, excluidas las hospitalizaciones o estancias en
instalaciones sanitarias o socio-médicas. Incluye, por ejemplo, consultas en un consultorio médico privado o centro de salud, pruebas de laboratorio, radiografías tomadas
en el consultorio del médico, etc. Las consultas realizadas en Hospitales pero que no involucran hospitalización (también conocidas como consultas 'ambulatorias')
generalmente se clasifican como atención primaria.
Habitación privada: Servicio que ofrecen los centros de salud, que permite alojar al paciente internado en una habitación individual. Las habitaciones y suites
Deluxe y VIP no están cubiertas.
Atención y tratamiento psiquiátrico: Manejo y cuidado de una persona que padece un problema de salud mental severo, requiriendo
hospitalización en una unidad especializada.
Psiquiatría: La psiquiatría es el tratamiento médico de la Enfermedad mental, cualquiera que sea la causa: psicológica, neurológica o
psicosocial. El psiquiatra no es psicoanalista, psicólogo o psicoterapeuta (a menos que haya tenido una formación adicional), pero su título
médico le permite prescribir medicamentos o decidir la hospitalización psiquiátrica. Las consultas y recetas de un psiquiatra están cubiertas
por este plan (sujeto a un período de espera de 12 meses).
Cirugía refractiva: Tratamientos quirúrgicos, generalmente realizados con láser, para correcciones visuales de miopía, hipermetropía, astigmatismo y
queratocono.
Rehabilitación inmediatamente después de la hospitalización: Rehabilitación inmediatamente después de la hospitalización, comenzada dentro
de un máximo de 30 días después del final de la estadía en el hospital, dispensada como una combinación de terapias, que pueden incluir terapia
ocupacional, fisioterapia y terapia del habla para restaurar la función y / o la forma normal después una lesión o enfermedad grave. Solicitud de
aprobación previa: Antes de incurrir en determinados gastos médicos o iniciar algún tipo de tratamiento o Servicios como hospitalización,
tratamientos médicos prestados como una serie de tratamientos, tratamientos costosos o Prótesis de cualquier tipo, el Asegurado deberá solicitar y
obtener el consentimiento del Asegurador o Administrador. para obtener un acuerdo de precertificación (previa presentación de un informe médico
detallado y circunstancial, según corresponda, y una estimación con todos los costos).
Cuidado dental de rutina: Todo el cuidado dental de rutina, incluido un chequeo dental anual, un tratamiento de conducto, raspado, sellado de fisuras,
tratamiento de caries (amalgama), aplicación de flúor y radiografías dentales, excluidos los tratamientos de blanqueamiento dental.
Atención médica de rutina: Tratamientos, excluyendo la atención dental de rutina, realizados por un médico de cabecera o especialista que sea un
médico calificado y que tenga licencia para ejercer la medicina según las leyes del país donde se administra el tratamiento en su consultorio médico o
quirúrgico y que no requieran la paciente para ser admitido en el Hospital.
Zona de cobertura seleccionada: Se refiere a la zona de Cobertura seleccionada por el Miembro para sí mismo y sus Dependientes, y para
la cual la Aseguradora ha fijado la Prima apropiada en función de los costos de atención médica habituales, habituales y razonables
cobrados en este grupo de países. Sujeto al pago de la Prima correspondiente, el Miembro podrá optar por una Zona de cobertura
Seleccionada para él y sus Dependientes que sea superior a la correspondiente a su País principal de residencia. Sin embargo, no pueden
optar por una zona de cobertura seleccionada inferior a la correspondiente a su país de residencia principal.
El plan ofrece 5 zonas de cobertura (consulte la sección titulada "País de residencia específico y zonas de cobertura del plan"). Habitación
semiprivada: Servicio que ofrecen los centros sanitarios, que permite alojar al paciente internado en una habitación doble. Las habitaciones y
suites Deluxe y VIP no están cubiertas.
Servicio: Todos los servicios especificados en el programa de beneficios del plan.
Especialista: Se refiere a un médico calificado que está oficialmente autorizado, capacitado y aprobado en el país donde se administra el
tratamiento y donde ejerce y que tiene la experiencia y las calificaciones adicionales necesarias para practicar una especialidad médica
reconocida: técnicas de diagnóstico, tratamiento y prevención específicas para un campo particular de la medicina.
Terapia del lenguaje: La logopedia es una disciplina paramédica que trata a las personas que presentan trastornos relacionados con la
comunicación y el lenguaje hablado o escrito mediante rehabilitación del habla.
Cónyuge: Cónyuge que no esté legalmente separado o divorciado, tenga o no un empleo remunerado, y sea menor de 71 años en la fecha
de inscripción. Para facilitar la lectura de este folleto informativo que sirve como términos y condiciones generales, el término 'Cónyuge' se
referirá genéricamente al Cónyuge, pareja o cónyuge de hecho del Miembro.
Subrogación: Se refiere a los derechos que el Administrador (MSH International) puede ejercer en nombre de la Aseguradora para recuperar
cualquier gasto o costo de otra compañía de seguros, esquema nacional de seguro médico o cualquier fuente vinculada al reembolso del tratamiento
asegurado bajo este plan.
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Terminación: La rescisión es el proceso formal mediante el cual la Aseguradora, la Asociación Contratante o el Miembro pone fin al plan o
la inscripción en el plan que los vincula, consulte el capítulo 5.2.9 Cese de la membresía y fin de la cobertura (derecho de rescisión y
rescisión) p.35.
Medicina tradicional china: Método terapéutico asiático que no distingue estrictamente entre mente y cuerpo y se basa en un enfoque
holístico de la persona. El tratamiento se basa en cinco pilares fundamentales: acupuntura, dieta, farmacoterapia con sustancias vegetales,
minerales y animales, masaje y movimiento.
Tratamiento del cáncer (oncología): Se refiere a los honorarios pagaderos a especialistas, exámenes, costos de radioterapia, quimioterapia y gastos
hospitalarios incurridos en relación con el tratamiento de un tumor, tejido o células malignos, caracterizados por el crecimiento descontrolado y la diseminación
de células malignas que invaden los tejidos.
Enfermedad imprevista: Cualquier deterioro del estado de salud certificado por autoridad médica competente que sea repentino, inesperado y
requiera la intervención de un Médico en menos de 48 horas.
Costes habituales, habituales y razonables: Los costos habituales, habituales y razonables que se reembolsarán según el plan se definen
como los gastos médicos razonables que se cobran comúnmente en el país correspondiente por el tratamiento específico recibido, de
acuerdo con los procedimientos médicos estándar y generalmente aceptados. Los gastos médicos que se consideren excesivos,
irrazonables o inusuales considerando el país en el que se incurrieron, no serán cubiertos o el monto de los beneficios pagados será
limitado. La abreviatura UCR se utilizará en este folleto de información que sirve como términos y condiciones generales para facilitar la
referencia. Vacunas: Se refiere a todas las vacunas y refuerzos requeridos por las autoridades sanitarias del país en el que se administra la
vacuna y todas las vacunas médicamente necesarias para viajar a un país extranjero, así como para el tratamiento de prevención de la
malaria. Se incluye el costo de la consulta y la compra de la vacuna.
Periodo de espera: Período especificado en el plan y que se muestra en el programa de Beneficios, durante el cual la membresía está activa pero los beneficios
aún no son accesibles.
Los períodos de espera se aplican a partir de la fecha de vigencia de la inscripción de cada persona asegurada en el plan.
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